sábado, 14 de mayo de 2011

Denuncia contra Joseph Ratzinger

Link para apoyar el caso contra Joseph Ratzinger
http://www.el-caso-del-papa.org/esta-de-acuerdo/index.php

Denuncia contra Joseph Ratzinger
Esta denuncia ha sido presentada ante la Corte Penal Internacional en La Haya. Se trata de un crimen contra la humanidad.

Se ha presentado una denuncia por tres delitos contra la humanidad, por los que el Dr. Joseph Ratzinger, como ex cardenal y actual Papa, es penalmente sospechoso:

1. el mantenimiento y la dirección de un régimen totalitario mundial, que sojuzga a sus miembros con amenazas que provocan graves miedos y son perjudiciales para la salud;

2. el mantenimiento de la mortífera prohibición del uso de condones, aun cuando existe el peligro de infección del virus VHI/sida;

3. el establecimiento y mantenimiento de un sistema de encubrimiento y fomento del abuso sexual por parte de sacerdotes católicos a nivel mundial, que favorece que haya siempre nuevos delitos.










La denuncia penal se dirige contra tres delitos de alcance mundial, que sólo no han sido denunciados hasta el presente porque fueron cometidos por una institución a cuya cabeza están «máximos dignatarios», que se presentan estando muy por encima de actos delictivos. La reverencia tradicional ante las «autoridades eclesiásticas» ha enturbiado la conciencia jurídica.

Si un nuevo grupo religioso obligara a sus miembros, bajo una masiva presión psíquica, a afiliar al grupo a sus recién nacidos, para financiar al grupo toda una vida y para orientarse según las directivas del grupo, a éste se le calificaría de «secta». El Estado posiblemente disolvería esa organización y castigaría a los «dirigentes de la secta» por coacción y chantaje, tanto más si ésta no tolerara que sus miembros se salieran de ella, sino que lo impidiera con la amenaza de los más duros castigos y de ese modo causara en muchos de sus miembros daños anímicos graves y provocara impedimentos en el libre desarrollo personal.


¿Puede ser bajo las mismas circunstancias de otro modo, sólo porque se trata de una organización que se comporta así no sólo ante unos pocos sino que lo hace a nivel mundial y se llama «Iglesia católica romana» y habla constantemente de la libertad de religión, pero acosa a los que tienen otras creencias con «encargados de sectas»? Éste no es un caso diferente, sólo que uno se acostumbrado a ello. Desde el 1.7.2002 este acostumbramiento ya no está permitido. Ese día entró en vigencia el Estatuto de la Corte Penal Internacional, que aplica un castigo a los delitos contra la humanidad.




Si una secta impositiva con los rasgos descritos estuviera ampliamente extendida en África actual, y bajo la amenaza de graves castigos prohibiera a sus miembros el uso de condones, las muertes y contagios del virus del sida causadas por ello se imputarían a los dirigentes de la secta y se iniciaría un proceso judicial contra ellos. ¿Acaso puede ser esto diferente sólo porque la secta impositiva se llama «Iglesia» y su líder máximo reclama para sí la infalibilidad?

Si en una secta impositiva a nivel mundial se abusara sexualmente de cientos de miles de niños, y si por orden del líder de la secta se encubrieran los delitos y se les sustrajera de la persecución judicial, a esta organización criminal y a su líder se les haría un proceso. ¿Puede ser de otro modo sólo porque esta organización se denomina «Iglesia» y el mandamiento de callar sobre los delitos no viene de un jefe de la mafia sino que es expresado por el Papa? No es de otro modo, sino que es estar acostumbrado desde hace siglos a la pedofilia de los sacerdotes y al poder de sus pontífices. Desde que existe la consideración del estado de causa denominado delito contra la humanidad ya no está permitido apartar la mirada de ello.

No hay comentarios:

Publicar un comentario