martes, 31 de agosto de 2010

DICTAMEN CON PUNTO DE ACUERDO EN RELACIÓN A LA SITUACIÓN DE MUJERES EN EL ESTADO DE GUANAJUATO

Martes, 31 de Agosto de 2010
No. Gaceta: 19
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Dictámenes a Discusión

Uno, de la Primera Comisión, el que contiene punto de acuerdo por el que se exhorta al titular de la Secretaría de Gobernación a emitir la alerta de género en el estado de Guanajuato.



PRIMERA COMISIÓN

GOBERNACIÓN, PUNTOS CONSTITUCIONALES Y JUSTICIA

DICTAMEN CON PUNTO DE ACUERDO EN RELACIÓN A LA SITUACIÓN DE MUJERES EN EL ESTADO DE GUANAJUATO

Honorable Asamblea:

A la Primera Comisión de Gobernación, Puntos Constitucionales y Justicia de la Comisión Permanente correspondiente al Segundo Receso del Primer Año de Ejercicio Constitucional de la LXI Legislatura, fue turnada proposición con punto de acuerdo de urgente y obvia resolución para exhortar al Titular del Ejecutivo del Estado de Guanajuato, al H. Congreso del Estado de Guanajuato, al Poder Judicial del Estado de Guanajuato, al Secretario de Salud Federal, al Secretario de Salud de la entidad, al Director del Instituto Mexicano del Seguro Social y al Director del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores al Servicio del Estado y al Procurador de Justicia del Estado de Guanajuato para que, en el ámbito de sus respectivas competencias, lleven a cabo acciones y políticas públicas que incorporen y promuevan la perspectiva de género en sus funciones, presentada por la diputada Leticia Quezada Contreras, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática; así mismo, a esta Comisión fue turnada proposición con punto de acuerdo por la que se solicita se cree un grupo plural, integrado por Senadores y Diputados de esta Comisión Permanente, con el fin de que elabore un informe sobre el enjuiciamiento de las mujeres que son acusadas por aborto o tipos penales similares en el Estado de Guanajuato, presentada por el diputado Rubén Ignacio Moreira Valdés, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional; asimismo a esta Comisión fue turnada la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al titular del Poder Ejecutivo Estatal del estado de Guanajuato para que libere a las mujeres que han sido sentenciadas y encarceladas injustamente por el delito de “homicidio en razón de parentesco”, que encubre la criminalización del aborto y la falta de acceso a servicios de salud y justicia, a cargo de los Senadores Francisco Agustín Arroyo Vieyra y María del Socorro García Quiroz, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, finalmente a esta Comisión fue turnada proposición con punto de acuerdo con relación a la criminalización de las mujeres por el delito de homicidio en razón del parentesco, que lleva a cabo el gobierno del estado de Guanajuato, a cargo de la Diputada Mary Telma Guajardo Villarreal, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Los ciudadanos legisladores integrantes de la Primera Comisión, consideraron que, tratándose de proposiciones que atañen al mismo tema, podrían dictaminarse en un mismo acto, procediendo a realizar el estudio y análisis de los planteamientos contenidos en las propuestas con punto de acuerdo, a fin de valorar su contenido, deliberar e integrar el presente dictamen.

Con fundamento en los artículos 78 fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 116, 127 párrafo primero y demás aplicables de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 175 y 176 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, los miembros de esta Primera Comisión que suscriben, someten a la consideración del pleno de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión el presente dictamen, al tenor de los siguientes:

ANTECEDENTES

A) En relación con la proposición presentada por la diputada Leticia Quezada Contreras:

I. La Proposición con Punto de Acuerdo que se cita, fue presentada en la sesión del Pleno de la Comisión Permanente el día 04 de agosto de 2010.

II. En la misma fecha de su presentación, la Presidencia de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión dispuso que la proposición de mérito se turnara para su estudio y dictamen a la Primera Comisión, Gobernación, Puntos Constitucionales y Justicia.

La proposición con punto de acuerdo presentada expone las consideraciones siguientes:

Señala la promovente que, con fecha 18 de julio de 2010, la periodista Cristina Pérez-Stadelmann, publicó en el diario El Universal, un artículo en el cual diversos investigadores, analistas políticos, religiosos y miembros de la sociedad civil denuncian respecto del ambiente de intolerancia, represión y adoctrinamiento hacia los jóvenes, promovido por el gobierno del estado de Guanajuato. Esta denuncia fue corroborada en el Boletín de Prensa emitido por la Organización “Las Libres”, el día 20 de julio de 2010.

Explica la diputada promovente que todo lo anterior constituyen claramente violaciones a la Ley General de Salud y, específicamente a la Norma Oficial Mexicana 046, cuyas disposiciones están encaminadas a garantizar el acceso a la salud sexual y reproductiva así como a certificar la atención médica de las víctimas de violencia sexual e intrafamiliar.

Indica la promovente que es derecho de toda persona constitucionalmente garantizado el decidir de manera libre, informada y responsable sobre el número y el espaciamiento de sus hijas e hijos. Asimismo, la promovente explica que México ha suscrito diversos instrumentos internacionales en los cuales se reconocen y protegen los derechos básicos de las mujeres a la salud, la integridad corporal, la no discriminación, el derecho a una vida sin violencia, la igualdad y la libertad que obligan al Estado Mexicano.

Adicionalmente, señala la promovente que “en nuestro país es un hecho irrefutable que el aborto sigue siendo un problema de salud pública que afecta a las mujeres más pobres y de bajo nivel socioeconómico, pues son ellas las que recurren a la práctica del aborto inseguro. Las leyes que criminalizan el aborto son, por lo tanto, leyes discriminatorias y que atentan contra el derecho a la igualdad de las mujeres de acceder, sin importar su condición y clase social, a servicios seguros de interrupción del embarazo.”

Concluye la promovente que es “necesario que en el Estado de Guanajuato se emitan medidas urgentes en materia de derechos sexuales, tales como la educación sexual para que los habitantes de dicha entidad ejerzan sus derechos sexuales en forma plena y segura.”

Con base en los argumentos anteriormente expuestos, el proponente sometió a la consideración del Pleno de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, la siguiente proposición con Punto de Acuerdo:

PRIMERO. Se exhorta al Lic. Juan Manuel Oliva Ramírez, Titular del Poder Ejecutivo del Estado de Guanajuato para que se reconozcan, integren y garanticen los derechos humanos de las mujeres y en ejercicio de las atribuciones que le otorga la ley, promueva que los integrantes de su gabinete posean perspectiva de género y remueva a las o los servidores públicos que carezcan de la mencionada herramienta metodológica en su desempeño o que vulneren o violen los derechos humanos de las mujeres.

SEGUNDO. Se exhorta al H. Congreso del Estado de Guanajuato para que reforme su legislación vigente y haga efectivos los derechos humanos de las mujeres, en atención a los instrumentos internacionales que el Estado Mexicano ha suscrito, así como en atención a los estándares internacionales y en consecuencia, se reconozcan y respeten los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres en el Estado de Guanajuato.

TERCERO. Se exhorta al H. Poder Judicial del Estado de Guanajuato para que incorpore a la perspectiva de género como un elemento subjetivo de la conducta humana que requiere ser incorporado para poder juzgar con un sentido humanista de la justicia y hacer efectivos los derechos humanos de las mujeres, en atención a los instrumentos internacionales que el Estado Mexicano ha suscrito y a la luz de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

CUARTO. Se exhorta al Dr. Jorge Armando Aguirre Torres, Secretario de Salud del Estado de Guanajuato para que en el ámbito de su competencia otorgue los servicios de salud reproductiva necesarios para atender a las mujeres que requieren contar con métodos anticonceptivos, incluso aquellos que se consideran de emergencia en todo el territorio de la entidad.

QUINTO. Se exhorta al Dr. Jorge Armando Aguirre Torres, Secretario de Salud del Estado de Guanajuato para que en el ámbito de su competencia garantice que se cumpla la NOM-046 y sea suministrada la denominada píldora de emergencia a las mujeres víctimas de violación, en todo el territorio de la entidad.

SEXTO. Se exhorta a los Dr. Daniel Karma Toumeh, Director del Instituto Mexicano del Seguro Social y al Dr. Jesús Villalobos López, Director del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores al Servicio del Estado, para que en el ámbito de sus respectivas competencias, otorguen los servicios de salud reproductiva y de salud ginecoobstétrica necesarios para atender a las mujeres que requieren contar con métodos anticonceptivos, incluso aquellos que se consideran de emergencia en todo el territorio de la entidad, bajo los principios de laicidad, dignidad humana y no discriminación.

SÉPTIMO. Se exhorta al Dr. Jorge Armando Aguirre Torres, Secretario de Salud del Estado de Guanajuato para que sea capacitado el personal que brinda servicios de salud ginecoobstétrica y éste servicio sea brindado con perspectiva de género en todo el territorio de la entidad, bajo los principios de laicidad, dignidad humana y no discriminación.

OCTAVO. Se exhorta al Lic. Carlos Zamarripa Aguirre, Procurador de Justicia del Estado de Guanajuato, que se capacite al personal que atiende a las mujeres víctimas del delito de violación, para que accedan en forma inmediata a la asistencia médica y se le proporcione un método anticonceptivo de emergencia, como lo establece la NOM-046.

NOVENO. Se exhorta al Lic. Carlos Zamarripa Aguirre, Procurador de Justicia del Estado de Guanajuato, a que se capacite a los agentes del Ministerio Público en materia de Perspectiva de Género para que incorporen dicha herramienta metodológica en la integración de las averiguaciones previas, relacionadas con los delitos de aborto y de homicidio en razón de parentesco o relación familiar y se abstengan de prejuzgar y discriminar o estereotipar las conductas humanas de las mujeres.

DÉCIMO. Se exhorta al Lic. Carlos Zamarripa Aguirre, Procurador de Justicia del Estado de Guanajuato para que informe respecto al periodo del año 2000 a la fecha, cuántas averiguaciones previas se iniciaron por la probable comisión de los delitos de aborto y homicidio en razón de parentesco o relación familiar, cuántas averiguaciones previas se ha dictado no ejercicio de la acción penal, cuántas han sido sujetas a proceso penal y cuántas han sido consignadas y recluidas por los delitos referidos.

B) En relación con la proposición presentada por el diputado Rubén Ignacio Moreira Valdés:

I. La Proposición con Punto de Acuerdo que se cita, fue presentada en la sesión del Pleno de la Comisión Permanente el día 04 de agosto de 2010.

II. En la misma fecha de su presentación, la Presidencia de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión dispuso que la proposición de mérito se turnara para su estudio y dictamen a la Primera Comisión, Gobernación, Puntos Constitucionales y Justicia.

La proposición con punto de acuerdo presentada expone las consideraciones siguientes:

Señala el promovente que la “el 26 de mayo de 2009 fue publicada en el periódico oficial del estado de Guanajuato una reforma al artículo 1 de la Constitución Política para el Estado, donde se protege la vida desde la concepción hasta la muerte natural, dicha reforma enaltece el sentido de protección hacia todo ser humano, sin embargo también representa un fuerte retroceso para los derechos humanos de las mujeres en Guanajuato porque pone en peligro la única excepción legal que le permite a las mujeres acceder a un aborto legal; esto es en caso de violación…”

Explica el diputado promovente que actualmente 14 mujeres están sujetas a un proceso penal y 9 de ellas fueron sentenciadas por el delito de aborto, lo cual criminaliza a las mujeres “que deciden sobre su propio cuerpo, que optan por su vida, su salud y por su proyecto de vida”, sentenciándolas hasta por 30 años de prisión, por el delito de homicidio.

Indica el promovente que, uno de los casos paradigmáticos de esta situación, es el de Alma Yareli Salazar Saldaña, quien fue juzgada y sentenciada por el delito de homicidio en razón de parentesco, a 27 años y seis meses de prisión, después de haber sido violada y realizarse un aborto voluntario. Esta sentencia fue revocada dado que no se acreditó el tipo penal. Desgraciadamente no es el único caso del cual se tiene noticia.

Concluye el promovente que “es inadmisible que alguien atente contra la vida de un ser humano, pero lo es más aún que debido a la falta de educación, a la extrema pobreza en que se encuentran algunas mujeres, se abuse de ellas sentenciándolas a penas por delitos que, si bien están tipificados, no están completamente comprobados. En razón de lo anterior, propongo la creación de una comisión plural especial, que se encargue de investigar los presuntos casos de abusos en contra de las mujeres en el Estado de Guanajuato.”

Con base en los argumentos anteriormente expuestos, los proponentes sometieron a la consideración del Pleno de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, la siguiente proposición con Punto de Acuerdo:

ÚNICO. Se solicita se cree un grupo plural, integrado por Senadores y Diputados de esta Comisión Permanente, con el fin de que elabore un informe sobre el enjuiciamiento de las mujeres que son acusadas por aborto o tipos penales similares en el Estado de Guanajuato.

C) En relación con la proposición presentada por los Senadores Francisco Agustín Arroyo Vieyra y María del Socorro García Quiroz

I. La Proposición con Punto de Acuerdo que se cita, fue presentada en la sesión del Pleno de la Comisión Permanente el día 17 de agosto de 2010.

II. En la misma fecha de su presentación, la Presidencia de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión dispuso que la proposición de mérito se turnara para su estudio y dictamen a la Primera Comisión, Gobernación, Puntos Constitucionales y Justicia.

La proposición con punto de acuerdo presentada expone las consideraciones siguientes:

Señalan los promoventes que existen en Guanajuato 160 mujeres que enfrentan un proceso judicial desde el año 2000 por haberse practicado un aborto clandestino; sólo 14 de ellas tienen sentencia, y algunas han pasado hasta 5 años en prisión antes de ser liberadas bajo caución.

Para los autores de esta proposición de mérito resultan particularmente escandalosos los casos de seis mujeres campesinas en este estado que se encuentran cumpliendo sentencias de entre 25 y 29 años de cárcel por causas de aborto que, sin embargo, han sido tipificadas como “homicidio en razón de parentesco”, con lo cuál las penas se incrementan significativamente. La alevosía con la que se ha tratado a estas mujeres es tal, continúan, que el propio gobernador del estado de Guanajuato ha dicho que “en Guanajuato no hay mujeres presas por aborto sino por infanticidio”…

Las características de las sentencias dictadas en estos casos, han hecho que los nombres de estas 6 mujeres lleguen ante los más importantes organismos internacionales, como la Oficina en México del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos.

De acuerdo con varias organizaciones civiles, prácticamente todas las mujeres acusadas por delitos de aborto, sufrieron abortos involuntarios que, en realidad, lo que hacen es que los proponente se cuestionen sobre el acceso a los servicios de salud del gobierno del estado.

Señalan los legisladores que presentan la proposición que han sido varias las manifestaciones sociales que se han dado tanto en Guanajuato como en el Distrito Federal, para exigir la liberación de las 6 presas. Incluso, dos representantes de las Naciones Unidas, María Luisa Bascur y Luisa Pérez, investigan en ese estado los expedientes de los juicios y, por otro lado, la Comisionada Nacional para prevenir y erradicar la violencia contra las mujeres, anunció que investigará la actuación de los jueces que las condenaron a 25 o 30 años de prisión.

Al respecto, también se ha pronunciado el Grupo de Información de Reproducción Elegida (GIRE), al afirmar que lo que sucede en esa entidad “se trata de un problema gravísimo…de acceso a la justicia, de discriminación, de estereotipo; pues la mayoría de los casos son abortos o partos accidentales”.

Este fenómeno de criminalización de la mujer no es menor y es preciso evitar que se generalice; si bien las entidades federativas son autónomas en sus leyes y códigos penales, los derechos fundamentales están siempre por encima de cualquier norma y deben ser tutelados por el sistema jurídico local y nacional.

Al respecto, mencionan que si la Suprema Corte de Justicia de la Nación avaló la constitucionalidad de la despenalización del aborto en el Distrito Federal, se entiende que consideró que no existen indicios para calificar tal acto como un homicidio, por lo que tipificarlo de tal forma en un código penal podría contravenir el criterio del Máximo Tribunal del país.

Los proponentes señalan que existe un problema serio de simulación y alteración de la Ley, pues con el afán de encubrir los encarcelamientos por motivo de aborto, que está tipificado con penas máximas de 5 años, se ha utilizado la figura de “homicidio en razón de parentesco”, que se da cuando la madre no auxilia al bebé a sobrevivir en los últimos meses del embarazo y alcanza penas de hasta 30 años. Esto ha permitido al Gobernador Juan Manuel Oliva sostener que en su estado “no existe ni una sola mujer presa por el delito de aborto”.

De acuerdo con los Senadores, los tribunales guanajuatenses, ha sido señalado por diversas organizaciones de derechos humanos que, en los casos de mujeres involucradas en juicios de aborto que han sido condenadas por homicidio en razón de parentesco en el Estado de Guanajuato, existen varias características comunes que son muy claras: son mujeres de escasos recursos; no pudieron contar con una asistencia sanitaria durante el embarazo, y tienen un nivel muy bajo de escolarización. Además, varias de ellas viven en comunidades apartadas de las ciudades.

De acuerdo con algunas autoridades municipales del estado, las hoy presas han recibido un trato discriminatorio y abusivo del Gobierno Estatal, sin haber probado fehacientemente que sean culpables y para los autores de la proposición las autoridades en Guanajuato han criminalizado la pobreza, el género, la calidad de ser indígena y el analfabetismo, lo que es un atropello para la garantía de igualdad prevista en la Constitución.

Con base en los argumentos anteriormente expuestos, los proponentes sometieron a la consideración del Pleno de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, la siguiente proposición con Punto de Acuerdo:

ÚNICO.- Se exhorta al titular del Poder Ejecutivo del Estado de Guanajuato, a fin de que libere cuanto antes a Yolanda Martínez Montoya, Susana Dueñas, Ofelia Frías, María Araceli Camargo, Liliana Moreno y Ana Rosa Padrón; mujeres que han sido sentenciadas y encarceladas por el delito de homicidio en razón de parentesco, que encubre la criminalización del aborto y la falta de acceso a servicios de salud y a la justicia, en esa entidad.

D) En relación con la proposición presentada por la Diputada Mary Telma Guajardo Villarreal.

I. La Proposición con Punto de Acuerdo que se cita, fue presentada en la sesión del Pleno de la Comisión Permanente el día 17 de agosto de 2010.

II. En la misma fecha de su presentación, la Presidencia de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión dispuso que la proposición de mérito se turnara para su estudio y dictamen a la Primera Comisión, Gobernación, Puntos Constitucionales y Justicia.

La proposición con punto de acuerdo presentada expone las consideraciones siguientes:

Para la proponente duda que la práctica del aborto constituye un problema de salud pública. Prohibirlo, penalizarlo o castigarlo pone en peligro el bienestar de un gran número de mujeres y, en muchos casos su vida, ya que propicia la clandestinidad de esta práctica en condiciones insalubres. La propia Organización Mundial de la Salud ha recomendado que el aborto consentido de la madre deba ser libre, gratuito y no punible.

Recuerda que en el 2008 la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió la Acción de Inconstitucionalidad 146/2007 y su acumulada 147/2007, en la cual el Procurador General de la República y la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, demandaron la invalidez de las reformas al Código Penal del Distrito Federal que despenalizó la interrupción voluntaria del embarazo hasta la 12ª semana de gestación.

En su resolución la SCJN consideró que la Asamblea Legislativa del Distrito Federal al despenalizar esta conducta la hizo no de manera aislada, sino que mediante “obligaciones a cargo del Gobierno … y en particular de las autoridades que tienen a su cargo los servicios de salud, de proporcionar información oportuna y veraz de otras opciones que se encuentre al alcance de las mujeres, además de la interrupción anticipada del embarazo, así como de proporcionar información sobre las consecuencias que esta interrupción pueda tener para su salud. De este modo, se hace efectiva la obligación del Estado establecida en el artículo 4º constitucional en relación con la salud, información y responsabilidad en la toma de decisiones por parte de las mujeres”.

Sin embargo, señala la autora de la proposición de mérito, y posterior a esta resolución de la SCJN 16 Congresos locales modificaron su Constitución para proteger el derecho a la vida desde la concepción.

Una de esas entidades que modificaron sus ordenamientos es Guanajuato, dónde además de la persecución de las mujeres que abortan en algunos casos, las autoridades de salud, ministeriales, en complicidad con las autoridades judiciales procesan y sentencian a las mujeres que abortan por el delito de homicidio; así las mujeres que abortan en Guanajuato son acusadas de “homicidio en razón de parentesco” y reciben sentencias hasta de 35 años de cárcel, pese a que el Código. Penal estatal sanciona la interrupción del embarazo hasta con tres años de prisión, sostiene la legisladora.

Señala que actualmente hay 160 mujeres denunciadas, 43 están bajo un proceso penal, 14 pisaron la cárcel por el delito de aborto y salieron bajo fianza, y actualmente nueve compurgan una sentencia por aborto bajo caución. En cuanto a las mujeres acusadas por homicidio en razón del parentesco, son siete mujeres que están en las cárceles de Guanajuato purgando una sentencia de hasta 30 años.

Con base en los argumentos anteriormente expuestos, los proponentes sometieron a la consideración del Pleno de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, la siguiente proposición con Punto de Acuerdo:

PRIMERO. La Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión, con absoluto respeto al federalismo exhorta al C. JUAN MANUEL OLIVA RAMÍREZ, Gobernador Constitucional del estado de Guanajuato para que en el ámbito de sus atribuciones, instruya al Procurador de Justicia del estado a fin de que realice una valoración exhaustiva de las averiguaciones previas y procesos penales en donde el ministerio público sea parte en contra de mujeres a quienes se les imputa la comisión del delito de homicidio por razones de parentesco a fin de evitar violaciones a sus garantías del debido proceso y a sus derechos humanos.

SEGUNDO. La Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión, con absoluto respeto a la división de Poderes exhorta al C. FRANCISCO BLAKE MORA, titular de la Secretaría de Gobernación a emitir la alerta de género en el Estado de Guanajuato, en los términos establecidos en la Ley General de Acceso a de las Mujeres a una Vida libre de violencia.

TERCERO. La Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión, con absoluto respeto a la división de Poderes exhorta a la C. ROCIO GARCÍA GAYTAN titular del Instituto Nacional de las Mujeres para que en el ámbito de sus atribuciones se pronuncie en contra de las medidas de criminalizar a las mujeres del estado de Guanajuato que de manera libre y voluntaria deciden interrumpir su embarazo.

CONSIDERACIONES

Los integrantes de la Comisión Dictaminadora valoraron las proposiciones con Punto de Acuerdo en análisis con base en las siguientes consideraciones:

PRIMERO. Los integrantes de esta Primera Comisión coinciden plenamente en que la vigencia del Estado de Derecho implica el respeto de los derechos humanos por parte de todas las autoridades que conforman el Estado Mexicano. En el caso específico de las mujeres, resulta imprescindible atender a los sectores más pobres de nuestra sociedad, principalmente en lo que a salud sexual y reproductiva se refiere, como parte del cumplimiento de los compromisos internacionales signados por el Estado Mexicano e incorporar, de manera rápida y expedita, todas estas disposiciones dentro de la legislación de los tres órdenes de gobierno para que, de manera fehaciente, podamos comprobar que en México, no se criminaliza la pobreza ni el género.

SEGUNDO. Esta Comisión dictaminadora coincide con los promoventes en que la Ley General de Acceso de las mujeres a una vida Libre de Violencia y la Ley General de Salud establecen obligaciones concretas para los tres ámbitos de gobierno, principalmente en materia de educación sexual, salud sexual y reproductiva así como en materia de equidad y respeto a los derechos humanos de las mujeres, no obstante que nuestra República se encuentra conformada, según el Pacto Federal, por Estados Libres y Soberanos en lo que a su régimen interior se refiere.

TERCERO. Esta dictaminadora considera, en consecuencia, que resulta indispensable que los gobiernos de las entidades federativas, específicamente el del estado de Guanajuato, implemente acciones inmediatas para salvaguardar lo que nuestra Constitución, pacto social que nos da origen como Nación, reconoce y otorga a las mujeres.

Por ello hacemos propia la propuesta de emitir una alerta de género en el estado de Guanajuato, ya que consideramos que esto cumple con las preocupaciones de los legisladores autores de las diversas proposiciones que en este acto se dictaminan.

En efecto, la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida libre de Violencia en su capítulo V contempla la declaratoria de violencia de género, que define como “el conjunto de acciones gubernamentales de emergencia para enfrentar y erradicar la violencia feminicida en un territorio determinado, ya sea ejercida por individuos o por la propia comunidad.”

El artículo 24 de la Ley en comento establece que:

La declaratoria de alerta de violencia de género contra las mujeres, se emitirá cuando:

I. Los delitos del orden común contra la vida, la libertad, la integridad y la seguridad de las mujeres, perturben la paz social en un territorio determinado y la sociedad así lo reclame;

II. Exista un agravio comparado que impida el ejercicio pleno de los derechos humanos de las mujeres, y

III. Los organismos de derechos humanos a nivel nacional o de las entidades federativas, los organismos de la sociedad civil y/o los organismos internacionales, así lo soliciten.

Los integrantes de esta Comisión dictaminadora cosideramos que se cumplen los requisitos para emitir una propuesta de alerta y por lo tanto oportuno exhortar al Secretarío de Gobernación a emitir una declataroria de emergencia de género en el estado de Guanajuato.

CUARTO. Por otro lado, los integrantes de esta Comisión estamos al tanto de que el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ONU-DH) recomendó al gobierno, al Congreso de Guanajuato y al Poder Judicial del estado a “revisar los expedientes de las seis campesinas sentenciadas a purgar penas de más de 25 años de cárcel acusadas de homicidio por abortar, a fin de “certificar que sus procesos se efectuaron con apego a los estándares internacionales de justicia”.

Los observadores de la misiòn de ONU-DH, confirmaron "la persistencia de patrones culturales que motivan la discriminación contra las mujeres, al mismo tiempo que limitan el pleno ejercicio de sus derechos sexuales y reproductivos".

Liliana Valiña, representante en México del Alto Comisionado de la ONU para los Derechos Humanos consideró que “Es pertinente que las autoridades revisen los casos de María Araceli Camargo Juárez, Ofelia Segura Frías, Yolanda Martínez Montoya, Liliana Morales Moreno, Ana Rosa Padrón Alarcón y Susana Dueñas Rocha para asegurar que tanto los procedimientos como los principios fundamentales del derecho a la defensa hayan estado apegados a los estándares internacionales del debido proceso, particularmente el relacionado con el principio de presunción de inocencia.”

Por ello, los integrantes de esta dictaminadora consideramos procedente exhottar al gobernador de Guanajuato instruya al Procurador de Justicia del estado a fin de que realice una valoración exhaustiva de las averiguaciones previas y procesos penales en donde el ministerio público sea parte en contra de mujeres a quienes se les imputa la comisión del delito de homicidio por razones de parentesco.

En mérito de lo antes expuesto, la Primera Comisión, Gobernación, Puntos Constitucionales y Justicia, de la Comisión Permanente, se permite someter a la consideración del Pleno de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, el siguiente:

PUNTO DE ACUERDO

PRIMERO. La Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión, con absoluto respeto a la división de Poderes exhorta al C. Francisco Blake Mora, titular de la Secretaría de Gobernación a emitir la alerta de género en el Estado de Guanajuato, en los términos establecidos en la Ley General de Acceso a de las Mujeres a una Vida libre de violencia.

SEGUNDO. La Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión, con absoluto respeto al federalismo, exhorta al C. Juan Manuel Oliva Ramírez, Gobernador Constitucional del estado de Guanajuato para que en el ámbito de sus atribuciones, instruya al Procurador de Justicia del estado a fin de que realice una valoración exhaustiva de las averiguaciones previas y procesos penales en donde el ministerio público sea parte en contra de mujeres a quienes se les imputa la comisión del delito de homicidio por razones de parentesco a fin de evitar violaciones a sus garantías del debido proceso y a sus derechos humanos.

TERCERO. La Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión exhorta a los Poderes del estado de Guanajuato para que brinden la atención debida a la recomendación emitida por la representante de la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos, de la Organización de las Naciones Unidas, y se brinde la debida atención y cumplimiento a los nueve resolutivos formulados a las autoridades del estado de Guanajuato.

Sala de Comisiones “Miguel Ramos Arizpe” de la Comisión Permanente del Honorable Congreso de la Unión, a los veinticuatro días del mes de agosto de 2010.

PRIMERA COMISIÓN


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